Son muchas las empresas que se ven afectadas en la actualidad por el Decreto 112/2012 de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, y que en consecuencia, deben incluir nuevos procedimientos de actuación en su trabajo diario, a fin de adecuarse a la legislación. Intentaremos arrojar luz sobre algunos de los principales aspectos de la ley, a lo largo de preguntas que se han ido planteado durante las diversas acciones de difusión en las he podido participar.

1. ¿Cómo sé si debo cumplir el Decreto 112/2012 al completo o sólo me afecta parcialmente?
La normativa anterior NO te aplica en su totalidad en el caso de que te encuentres en el supuesto de ejecución de una obra menor. Y te encuentras en ese supuesto, si el proyecto en el que estás trabajando es una obra de construcción o demolición en un domicilio particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla técnica y escasa entidad constructiva y económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por personas profesionales tituladas. Esto es, la diferencia entre tener que cumplir la normativa al completo o solo una pequeña parte la marca el hecho de que el proyecto esté visado.  Si tu proyecto está visado, debes cumplir el Decreto en su totalidad.

2. ¿Qué debo hacer si me encuentro en el caso de obra menor, esto es, el proyecto no está visado?
En ese caso, el trabajo a llevar a cabo es sencillo y lo realizarás únicamente si eres contratista principal. Viene definido en el artículo 9 del Decreto y actuaciones que deberás llevar a cabo son las siguientes:
1. Deberás segregar en origen los RCD en tres fracciones como mínimo: Pétreos (hormigón, ladrillos, cerámicos, baldosas), Peligrosos (amianto, pinturas, colas, resinas, aditivos, etc) y No Peligrosos (madera, plástico, metales, embalajes, cartón, etc.).
2. Deberás llevar los residuos hasta el Garbigune (punto limpio) más cercano al lugar en el que esté tu obra. Recuerda llevar contigo la licencia de obra, ya que te la pueden solicitar a la entrada (y lo están haciendo) y no olvides pedirles un justificante de la recepción de los residuos.
3. A la finalización de las obras presentarás ante el Ayuntamiento documentación que te han proporcionado en el punto limpio, que acredita la correcta gestión de los residuos.

3. Vale, el proyecto está visado ¿Qué tengo que hacer como Promotor del proyecto?
Como promotor (figura denominada productor dentro del Decreto) deberás realizar una serie de pasos que asegurarán que controlas que los residuos se gestionen de manera adecuada:
– Antes del inicio de las obras, deberás redactar un Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (de acuerdo con el Anexo I del Decreto), y con él y una fianza por valor del 120% del presupuesto de gestión de RCD ir al Ayuntamiento en el que se ejecuten las obras a solicitar la licencia urbanística correspondiente.
– Durante el periodo de ejecución de las obras, deberás asegurarte de que dispones de la documentación acreditativa de gestión de residuos en tu poder, por si te la solicitaran en algún momento.
– A la finalización de las obras, deberás presentar ante el Ayuntamiento el Informe Final de la Gestión de Residuos y materiales de construcción y demolición. Una vez validado, recuperarás la fianza.

4. ¿Y si soy contratista? ¿Cuáles son mis obligaciones?
Si eres contratista de una obra mayor (poseedor de RCD) deberás también seguir una serie de pasos a fin de acreditar la correcta gestión de los residuos:
– Antes del inicio de las obras deberás elaborar y presentar a la propiedad de un Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (que será aprobado por la Dirección Facultativa y aprobado por el Promotor), en el especifique el método de aplicación del Estudio de Gestión del Proyecto. Lo que significa que deberás incluir en el documento la descripción sobre los distintos pasos que llevarás a cabo las especificaciones del EGR.
– Durante la obra entregarás los residuos a un gestor adecuado, primando las actuaciones de reutilización, reciclado y valorización. Este gestor te deberá entregar documentación acreditativa de las gestiones, con una serie de datos mínimos y a través del sistema IKS-eeM de Gobierno Vasco.
– Instalarás también un punto limpio a fin de mantener los residuos segregados según las cantidades establecidas en el Decreto y  acopiados en condiciones adecuadas, evitando siempre la mezcla de fracciones que impida su valorización.
– Es tu responsabilidad sufragar los costes de gestión de los residuos.
– A la finalización de las obras entregarás al productor (promotor) la documentación acreditativa de gestión (para que elabore el Informe Final de Gestión) y la archivarás durante los 5 años posteriores. Además crearás un archivo físico/telemático cronológico en el que se recojan datos sobre los residuos generados y la gestión correspondiente. Mantenerlo durante 3 años.

5. ¿Qué es el Sistema IKS-eeM?
IKS es un sistema  de tramitación telemática que Gobierno Vasco puso en funcionamiento a fin de “facilitar” la realización de determinados datos ambientales y declaraciones. Nos afectará en caso de que nos encontremos en la posición de empresa contratista (poseedor) ya que toda la documentación acreditativa de las gestiones deberá ser realizada a través de este programa. Se trata de un proceso que no es sencillo del todo y para es útil tener una formación previa, que actualmente no es sencillo encontrar. El primer paso que deberás realizar para poder utilizar el sistema es solicitar la tarjeta IZENPE, si no la tienes.
Continuaremos el próximo mes…

Ane Emile Rodríguez Guerrero
Experta en construcción sostenible

 

Fuente: Periódico Construcción